Programa Regional de Becas del Gobierno de Cantabria y la Universidad de Cantabria
Resolución Rectoral de 6 de julio de 2023 (R.R. 0698/2023), por la
que se establecen las bases reguladoras y se convocan becas del Programa Regional de Becas de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
destinadas a financiar los gastos de matrícula de estudiantes de la
Universidad de Cantabria que en el curso académico 2023/2024 cursen enseñanzas universitarias oficiales de Grado y Máster Oficial.
Publicada la resolución definitiva del Programa Regional de Becas
Novedad: Publicada, con fecha 21 de mayo de 2024, la resolución definitiva del Programa Regional de Becas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Quedan desestimadas o denegadas las solicitudes presentadas y no publicadas en esta resolución.
Los estudiantes cuya solicitud haya sido denegada, pueden interponer postestativamente recurso de reposición ante el Rector en el plazo de un mes. Igualmente, podrá impugnarse directamente ante la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa de Cantabria, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del dia siguiene de su publicación.
El recurso potestativo de reposición deberá presentarse en el Registro General de la Universidad de Cantabria (Pabellón de Gobierno. Avda de los Castros 54. Santander).
Para cualquier duda o consulta puedes dirigirte al Servicio de Gestión Académica donde te proporcionarán toda la información que necesites sobre la tramitación del Programa Regional de Becas:
Edificio Tres Torres-Torre C- Planta 0
gestion.academica@unican.es 942 20 10 55/ 20 10 54
Objeto, beneficiarios y cuantía
Estas becas están destinadas a financiar los gastos de la matrícula de estudiantes de la Universidad de Cantabria que en el curso académico 2023/2024 cursen enseñanzas universitarias oficiales de Grado y Máster.
Recuerda que es REQUISITO IMPRESCINDIBLE para poder solicitar esta beca haber realizado la solicitud de la beca general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o, en su caso, por el Gobierno del País Vasco en el curso académico 2023/2024.
El importe de la beca de matrícula cubrirá una cuantía individual máxima de 60 créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso académico 2023/2024 en estudios oficiales de Grado y Máster impartidos en la Universidad de Cantabria.
Denegación de la solicitud
En el caso de que tu solicitud sea denegada deberás realizar el abono de las cantidades pendientes de pago de tu matrícula.
Para ello la Universidad de Cantabria procederá al cobro mediante domiciliación bancaria de las cantidades pendientes de abonar. La domiciliación se cargará en la cuenta bancaria que indicaste al realizar la matrícula según el calendario de domiciliaciones del curso 2023/2024.
Si tienes problemas para efectuar el pago en el momento de la denegación puedes dirigirte al Servicio de Gestión Académica de la UC para solicitar un aplazamiento del mismo.
Procedimiento y plazo de solicitud
La solicitud se realizará a través del formulario accesible por vía telemática
en el Campus Virtual de la Universidad de Cantabria en la dirección
https://campusvirtual.unican.es.
Es REQUISITO IMPRESCINDIBLE para poder solicitar esta beca haber realizado la solicitud de la beca general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o, en su caso, por el Gobierno del País Vasco en el curso académico 2023/2024.
El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 29 de septiembre de 2023. Las solicitudes se realizará a través del formulario accesible por vía telemática en el Campus Virtual de la Universidad de Cantabria en la dirección:
Realización de la solicitud de beca y matrícula
Dado que es requisito imprescindible para poder solicitar esta beca haber solicitado previamente la beca general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o, en su caso, por el Gobierno del País Vasco, solo podrás realizar tu solicitud de beca del Programa Regional si consta previamente en tu matrícula la solicitud de beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional o del Gobierno del País Vasco.
Una vez realizada tu solicitud de beca del Programa Regional incorporaremos a tu matrícula dicha solicitud. Tu solicitud estará pendiente de resolución. Recuerda que, si finalmente se deniega, deberás realizar el abono de las cantidades pendientes de pago de la matrícula.
En caso de no realizar las dos solicitudes de beca, tanto la del Ministerio de Educación como la del Programa Regional de Becas, no tendrás derecho a ninguna de las dos becas.
Requisitos académicos
Enseñanzas de Grado:
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Los estudiantes que se hayan matriculado por primera vez de primer curso de estudios de Grado deberán acreditar una nota de acceso, excluida la clasificación obtenida en la fase específica, de 5,00 puntos.
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Los estudiantes de segundo y posteriores cursos y quienes cambien de estudios, hayan o no disfrutado de beca total o parcialmente en los estudios abandonados, deberán haber superado el 50% de los créditos matriculados en el último año en los estudios de las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias de la Salud e Ingeniería y Arquitectura.
Enseñanzas de Máster Oficial:
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Los estudiantes de primer curso deberán acreditar una nota media de 5,00 puntos en los estudios previos que les den acceso al máster.
En el caso de los estudiantes que se matriculen en el primer curso de un Máster Universitario sin haber obtenido la
titulación de Grado, según lo establecido en el artículo 18.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el
que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad,
podrán obtener esta beca.
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Los estudiantes matriculados de segundo curso, en másteres de más de 60 créditos, deberán acreditar haber superado el 85% de los créditos de que hubieran estado matriculados en primer curso.