Información general
Aquellos estudiantes de Grado a los que, excluido el trabajo fin de grado, les queden pendientes de superar 12 créditos o menos para finalizar los estudios podrán solicitar un adelanto de convocatoria con un proceso de evaluación única.
En el caso de los estudios de Máster, podrán solicitar la convocatoria adelantada aquellos
estudiantes a quienes les quede pendiente para finalizar los estudios una asignatura,
excluido el trabajo fin de Máster, con un proceso de evaluación única.
ADELANTO DE CONVOCATORIA (Art. 19 del Reglamento de los Procesos de Evaluación - UC)
En esta convocatoria se tendrá que evaluar en un solo acto de evaluación todo el contenido de la asignatura.
Para ello habrá que proceder a una adaptación de los criterios de evaluación establecidos en la guía docente de modo que el o los ejercicios que haya de realizar el estudiante en el acto único de evaluación contemplen todas las actividades de evaluación que figuren en la guía docente, incluidas las de características especiales (asistencia a y participación en actividades prácticas, salidas de campo, etc.) y las no recuperables.
(Acuerdo de la Comisión de Estudios de 1 de octubre de 2024)