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Gerencia

Gerente 

D. Santiago Fuente Sánchez

 gerente@unican.es

 +34 942 201090

Trayectoria profesional

 

Funciones de la gerencia

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) "La persona titular de la Gerencia será nombrada, de acuerdo con el Consejo Social, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia en la gestión, y tendrá como función la gestión de los servicios administrativos y económicos de la universidad y de recursos humanos. El o la Gerente no podrá, una vez asumido el cargo, ejercer funciones docentes ni investigadoras."

Los Estatutos de la Universidad de Cantabria (Decreto 26/2012, de 10 de mayo, BOE de 31 de mayo) en su artículo 37 establecen que "El Gerente, bajo la dirección funcional del Rector, es el responsable orgánico e inmediato de los servicios administrativos y económicos de la Universidad. 

Le compete la ejecución de las directrices de los órganos de gobierno de la Universidad en dicho ámbito.

El Gerente será nombrado por el Rector, de conformidad con el Consejo Social, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia. Cesará a petición propia, por decisión del Rector o cuando concluya el mandato de éste.

El Gerente deberá dedicarse a tiempo completo a las funciones de su cargo, que es incompatible con la función docente.

En particular, son funciones del Gerente:

  • Administrar y gestionar el patrimonio y el presupuesto de la Universidad.
  • Dirigir los servicios económicos y administrativos.
  • Elaborar el anteproyecto de Presupuestos.
  • Ejecutar los acuerdos de los órganos de gobierno en el ámbito de sus competencias administrativas y económicas.
  • Ejercer la dirección orgánica del personal de administración y servicios.
  • Remitir anualmente al Consejo de Gobierno, para su aprobación, el programa de actuación y la memoria de actividades de la Gerencia, e informar periódicamente a dicho órgano de la situación y actividades de la Gerencia.
  • Mantener actualizado el inventario de los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Universidad.
  • Cualquier otra competencia que le sea atribuida en las normas de desarrollo de estos Estatutos o le encomiende o delegue el Rector.