TUTORÍAS ACADÉMICAS INDIVIDUALIZADAS
La
Comisión Permanente del Consejo de Gobierno de esta Universidad aprobó
en su sesión ordinaria del día 18 de marzo de 2005 la siguiente
propuesta sobre "Tutorías Académicas Individualizadas para estudiantes en situación especial por la aplicación de la Normativa de Permanencia de la UC".
Cuando
un estudiante haya recurrido al Consejo Social solicitando la
continuidad de sus estudios en una titulación de la UC por no cumplir
con la Normativa de Permanencia, y cuando la decisión del órgano
colegiado competente sea favorable para esa permanencia, se le asignará a
este estudiante por el Decano/Director del Centro y en el plazo de los
10 días siguientes a la formalización de la matrícula, un Tutor
Académico para el curso actual y todos los cursos claves para analizar
su trayectoria en el futuro.
La Junta
de Gobierno de esta Universidad aprobó en su sesión del día 14 de junio
de 2002 la "Normativa y Directrices para el establecimiento de
Reglamentos propios en los Centros de la UC para la implantación y
desarrollo de un Programa de Tutorías Académicas Individualizadas".
Normativa
Cada
Escuela o Facultad de la UC, dentro de sus posibilidades de
organización interna, redactará un Reglamento propio del Centro para la
Implantación y desarrollo del Programa de Tutorías Académicas
Individualizadas.
Cada Centro de la UC podrá solicitar la
realización por parte del SOUCAN de una encuesta de valoración de la
actividad realizada dirigida a los tutores y estudiantes.
Para
fijar unos mínimos contenidos comunes en todos los Reglamentos de los
centros de la UC, se ordenan las siguientes "Directrices".
Directrices
Todos
los Reglamentos propios de las Escuelas o Facultades de la UC
relacionados con la implantación y desarrollo de un programa de Tutorías
Académicas Individualizadas, atenderán en su articulado, como mínimo, a
los apartados siguientes:
Las misiones de los tutores académicos en el centro.
La definición de quién puede y/o debe ser tutor en el centro.
El procedimiento para la asignación, y posibles cambios durante el curso o cursos, de tutores académicos a los estudiantes.
La obligatoriedad, o no, de las reuniones tutor-estudiante y, en su caso, de la frecuencia.
La
necesidad o no de un informe de los tutores al finalizar cada
cuatrimestre o curso académico, según se determine, a presentar al
Decano/Director del Centro o ante quien se establezca en el propio
Reglamento.
Para más información dirigirse al Centro correspondiente.