Tutorías Académicas Individualizadas

La Comisión Permanente del Consejo de Gobierno de esta Universidad aprobó en su sesión ordinaria del día 18 de marzo de 2005 la siguiente propuesta sobre "Tutorías Académicas Individualizadas para estudiantes en situación especial por la aplicación de la Normativa de Permanencia de la UC".

Cuando un estudiante haya recurrido al Consejo Social solicitando la continuidad de sus estudios en una titulación de la UC por no cumplir con la Normativa de Permanencia, y cuando la decisión del órgano colegiado competente sea favorable para esa permanencia, se le asignará a este estudiante por el Decano/Director del Centro y en el plazo de los 10 días siguientes a la formalización de la matrícula, un Tutor Académico para el curso actual y todos los cursos claves para analizar su trayectoria en el futuro.

La Junta de Gobierno de esta Universidad aprobó en su sesión del día 14 de junio de 2002 la "Normativa y Directrices para el establecimiento de Reglamentos propios en los Centros de la UC para la implantación y desarrollo de un Programa de Tutorías Académicas Individualizadas".


​Normativa

  1. Cada Escuela o Facultad de la UC, dentro de sus posibilidades de organización interna, redactará un Reglamento propio del Centro para la Implantación y desarrollo del Programa de Tutorías Académicas Individualizadas.

  2. Cada Centro de la UC podrá solicitar la realización por parte del SOUCAN de una encuesta de valoración de la actividad realizada dirigida a los tutores y estudiantes.

  3. Para fijar unos mínimos contenidos comunes en todos los Reglamentos de los centros de la UC, se ordenan las siguientes "Directrices".


Directrices

Todos los Reglamentos propios de las Escuelas o Facultades de la UC relacionados con la implantación y desarrollo de un programa de Tutorías Académicas Individualizadas, atenderán en su articulado, como mínimo, a los apartados siguientes:

  1. Las misiones de los tutores académicos en el centro.

  2. La definición de quién puede y/o debe ser tutor en el centro.

  3. El procedimiento para la asignación, y posibles cambios durante el curso o cursos, de tutores académicos a los estudiantes.

  4. La obligatoriedad, o no, de las reuniones tutor-estudiante y, en su caso, de la frecuencia.

  5. La necesidad o no de un informe de los tutores al finalizar cada cuatrimestre o curso académico, según se determine, a presentar al Decano/Director del Centro o ante quien se establezca en el propio Reglamento.


Para más información dirigirse al Centro correspondiente.