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14 MARZO 2020
Institucional

​Resolución rectoral: Cierre de todos los centros de la Universidad de Cantabria y suspensión de toda actividad presencial

Desde el lunes 16 de marzo

 

RESOLUCIÓN RECTORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA DE 14 DE MARZO POR LA QUE SE SUSPENDE TODA LA ACTIVIDAD PRESENCIAL EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA COMO CONSECUENCIA DE LA SITUACIÓN, EVOLUCIÓN Y PERSPECTIVAS DEL CORONAVIRUS (COVID-19).

Con fecha 13 de marzo, la Universidad de Cantabria (Resolución Rectoral 183/2020) acordó la adopción de una serie de medidas preventivas y recomendaciones de salud públicas dirigidas a la comunidad universitaria como consecuencia del brote del virus COVID-19, siguiendo lo establecido en el Boletín Extraordinario de 13 de marzo de 2020 número 10 del Gobierno de Cantabria. 
 
Dichas medidas incluían, de forma expresa, la suspensión de toda actividad docente de carácter presencial. 
 
A la vista de la evolución de la situación, conforme a lo establecido en el Boletín Extraordinario 13 de marzo de 2020 número 11 del Gobierno de Cantabria, y con la finalidad de preservar el bien fundamental de la salud de las personas. 
 
Este Rectorado ha resuelto, en uso a las competencias atribuidas en la legislación vigente: 
 
Primero.- Suspender toda la actividad presencial de todos los miembros de la comunidad universitaria en los diversos centros de la Universidad de Cantabria, con la excepción de los que sean designados para el mantenimiento de los servicios públicos esenciales, que serán establecidos mediante Resolución Rectoral.  
 
Segundo.- Autorizar la modalidad de teletrabajo o de trabajo a distancia para todo el personal de la Universidad, siempre que sea posible, con el fin de posibilitar la prestación de los servicios que no sean declarados esenciales. La supervisión y organización de dicho teletrabajo, deberá realizarse por los responsables de las diferentes áreas y unidades, bajo la coordinación del Rector y del Gerente. 

Tercero.- Para las personas que deban desarrollar los servicios esenciales establecidos, se tomarán las medidas oportunas para garantizar debidamente la seguridad de su salud. 
 
Cuarto.- No autorizar ningún desplazamiento por motivos laborales de los miembros de la Universidad de Cantabria, salvo circunstancias absolutamente excepcionales, que deberán ser expresamente autorizadas por el Rector o persona en quien delegue. Todos aquellos permisos ya autorizados cuya fecha de comienzo del desplazamiento sea posterior al día de hoy, quedan suspendidos.   

Quinto.- Considerar como ausencia justificada, sin pérdida de derechos, los supuestos en los que no sea posible la realización de la jornada mediante sistemas de teletrabajo y no sea necesaria la asistencia presencial de los empleados. 
 
Sexto.- Reiterar el llamamiento a toda la comunidad universitaria (alumnado, PAS, PDI) para que sigan estrictamente las recomendaciones de salud pública formuladas por las autoridades sanitarias, y que tienen como principio fundamental la restricción de la movilidad y la vida social. 
 
La presente resolución y las medidas acordadas, surtirán efectos desde las 15,00 horas de hoy, manteniendo su vigencia mientras la situación lo requiera. 
 
En Santander, 14 de marzo de 2020. 
 

EL RECTOR
Ángel Pazos Carro



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