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Abstract: La Unión Europea apoya y fomenta la mediación como un instrumento eficiente y económico para prevenir y resolver conflictos, sin embargo, los resultados no son satisfactorios. Por este motivo, algunas voces están proponiendo un proceso de mediación obligatoria como requisito de procedibilidad antes de acudir a los tribunales. Esta propuesta se opone frontalmente de nuestro principio legal de voluntariedad. El actual marco legal de la mediación en España implica que ninguna mediación puede ser obligatoria para las partes. En todo caso, nuestro modelo de mediación no ha tenido el éxito esperado y habrá que buscar un sistema equilibrado. Se debe considerar, de manera prudente, la necesidad de explorar las posibilidades y ventajas de derivar a las partes a una sesión informativa de mediación previa antes de acudir a los tribunales. Esta posibilidad es la que se denomina como "voluntariedad mitigada".
Autoría: Leticia García Villaluenga; Eduardo Vázquez de Castro
Fuente: Anuario de mediación y solución de conflictos,2015, 3, 21-36
Editorial: Reus
Año de publicación: 2015
Nº de páginas: 17
Tipo de publicación: Artículo de Revista
ISSN: 2340-9681
GARCÍA VILLALUENGA, LETICIA
EDUARDO VAZQUEZ DE CASTRO
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