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Comentario a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de noviembre de 2016 en el caso David L. Parris C. Trinity College Dublín y otros

Abstract: De acuerdo con la jurisprudencia comunitaria, y a pesar del constante acercamiento entre el estatuto jurídico del matrimonio con otras uniones civiles entre parejas de igual o distinto sexo, los Estados miembros de la Unión Europa gozan de derecho de regular el estado civil de sus ciudadanos sin poder imponerles la obligación de reconocer el llamado matrimonio homosexual.

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 Fuente: Revista General de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado 43 (2017)

Editorial: Iustel

 Año de publicación: 2017

Nº de páginas: 12

Tipo de publicación: Artículo de Revista

ISSN: 1696-9669