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Abstract: La reforma de la legislación de menores operada en el año 2000 en España contenía un innovador sistema de exigencia de la responsabilidad civil en el proceso penal de menores. La posterior introducción de la acusación particular, no prevista en la redacción original, y los inconvenientes derivados de la aplicación práctica de aquel régimen de ejercicio de la acción civil dieron lugar a una profunda reforma legal en el año 2006 tras la cual la responsabilidad civil en el proceso de menores se acomoda sustancialmente a las mismas reglas que sigue en el proceso penal ordinario si bien perviven ciertas especialidades que plantean diversos problemas prácticos, en particular en cuanto a la utilidad de la pieza separada de responsabilidad, a cómo se determinan los legitimados activa y pasivamente, a la carga de la prueba, actuación en juicio de las partes civiles y ejecución de sentencia.
Autoría: Ernesto Sagüillo Tejerina
Fuente: Diario La Ley, Nº 8695, 2016
Editorial: La Ley
Año de publicación: 2016
Nº de páginas: 21
Tipo de publicación: Artículo de Revista
ISSN: 1989-6913,1138-9907
ERNESTO SAGÜILLO TEJERINA
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