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Abstract: El presente trabajo tiene por objeto el delito de estragos, regulado por el vigente Código Penal en los arts. 346 y 347 entre los delitos contra la seguridad colectiva. El análisis de algunos de sus elementos típicos pone de manifiesto el carácter excesivamente limitado de una figura delictiva que continúa respondiendo al concepto clásico de "estragos" y a los riesgos para la seguridad colectiva propios de la sociedad de otros tiempos pero que, sin embargo, no siempre responde adecuadamente a las especiales características de los ataques que este bien jurídico es susceptible de sufrir en la moderna sociedad del riesgo. Todo ello invita a una reflexión acerca de la conveniencia de modificar la actual configuración típica de este delito para adecuarlo a las necesidades de la sociedad actual.
Fuente: Cuadernos de Política Criminal, 2011, 103, 193-220
Editorial: Universidad Complutense de Madrid Instituto de Criminología
Año de publicación: 2011
Nº de páginas: 27
Tipo de publicación: Artículo de Revista
ISSN: 2340-9290,0210-4059
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ANA GUTIERREZ CASTAÑEDA
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