Abstract: En abril de 2019, la Administración Trump activó el Título III de la Ley Helms-Bruton, provocando con ello un gran revuelo en la comunidad internacional. Para defenderse de los efectos ex-traterritoriales de una medida de tal envergadura, los Estados que mantienen relaciones comerciales con Cuba han elaborado normas antídoto, cuyo principal objetivo es neutralizar los perjuicios económicos que pudieran derivarse de las potenciales demandas presentadas ante los Tribunales estadounidenses por parte de ciudadanos de aquel país en reclamación de una compensación por el acto de nacionalización llevado a cabo por el Estado de Cuba en el año 1959. En este contexto de litigación internacional instau-rado por normas unilaterales de diferentes Estados, Central Santa Lucía, una empresa estadounidense, interpone ante los Tribunales españoles una acción por enriquecimiento injustificado contra Meliá Ho-teles, empresa con domicilio en España, iniciándose con ello un verdadero ?viacrucis judicial? en torno a cuestiones esenciales de Derecho internacional privado.