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Abstract: Teniendo en cuenta que actualmente contamos en nuestro sistema jurídico con la existencia de la prueba biológica de ADN como un medio avanzado de acreditación de la verdad, no solo genética, sino jurídica, creemos que ha llegado el momento de suprimir la tradicional exigencia normativa que obliga al demandante a aportar junto con la demanda de filiación un principio de prueba indiciaría de paternidad, como requisito ineludible para su admisión a trámite.
Autoría: Laura Fernández Echegaray
Fuente: Revista Boliviana de Derecho, 2022, 34, 168-197
Editorial: Fundación Iuris Tantum
Fecha de publicación: 01/07/2022
Nº de páginas: 30
Tipo de publicación: Artículo de Revista
ISSN: 2706-8080,2070-8157
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LAURA FERNANDEZ ECHEGARAY
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