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Determinación de la filiación de los nacidos en el extranjero mediante gestación por sustitución: ¿hacia una nueva regulación legal en España?

Abstract: El denominado ?turismo procreativo internacional? o ?Cross-Border Reproductive Care?, no deja de ser un tipo de ?turismo sanitario?, al que sin embargo se anudan importantes consecuencias legales: la determinación de la filiación de los nacidos mediante técnicas de reproducción asistida (TRA). Así sucede especialmente con los contratos de ?gestación por sustitución?, regulados de forma muy dispar en los diversos Estados. El problema jurídico surge cuando la filiación de los nacidos mediante dicha técnica se determinada conforme al Derecho del Estado de destino, al que se desplazan los ciudadanos de otros países en busca de leyes más permisivas, y se pretende reconocer la misma en un país en el que tal filiación no es admitida. Este trabajo trata de exponer cómo ha sido tratada esta delicada cuestión por parte de los tribunales y autoridades públicas españolas, especialmente a partir de Resolución DGRN de 18 de febrero de 2009. Desde entonces hasta ahora, se han producido importantes novedades jurisprudenciales, principalmente, las STEDH, de 26 de junio de 2014, Asunto Mennesson c. Francia y Asunto Labassee c. Francia, que a buen seguro provocaran una reacción por parte del ordenamiento jurídico español, en el que la gestación por sustitución no está permitida (art.10 LTRHA).

 Fuente: Cuadernos de Derecho Transnacional, 2014, 6(1), 161-235

 Editorial: Universidad Carlos III de Madrid

 Año de publicación: 2014

 Nº de páginas: 28

 Tipo de publicación: Artículo de Revista

 ISSN: 1989-4570