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El deber de informar y el derecho a negociar de los representantes de los trabajadores en la nueva era digital: Un estudio comparativo de la normativa italiana y el nuevo marco europeo

Abstract: El efecto de borrado de las fronteras entre el tiempo de trabajo y descanso debido a la conectividad permanente que el uso de las nuevas tecnologías ha propiciado, ha aumentado el riesgo de las personas trabajadoras de padecer estrés y tecnoestrés. En la misma línea, la exigencia de un continuo aprendizaje y esfuerzo de adaptación conlleva que los trabajadores sientan que tienen un menor control de su trabajo y se sientan desbordados por adquirir las nuevas competencias requeridas. Algunas empresas incluso están monitorizando el rendimiento de los trabajadores y su estado de ánimo. En este escenario, los representantes de los trabajadores emergen como los principales garantes de salvaguardar la dignidad y la privacidad de los trabajadores frente al creciente empleo de tecnologías opacas. De ahí que se abogue por el reconocimiento formal de un derecho no solo de información sino de consulta y negociación ante la introducción de sistemas de IA en el centro de trabajo. En base a lo expuesto, se tratará de presentar una visión comparada de la normativa italiana y el nuevo marco europeo, con especial referencia al Reglamento europeo de Inteligencia Artificial.

 Autoría: Raquel Coterillo Laso

 Fuente: Temas Laborales, 2024,173, 109-149

 Editorial: Consejo Andaluz de Relaciones Laborales

 Año de publicación: 2024

 Nº de páginas: 41

 Tipo de publicación: Artículo de Revista

 ISSN: 0213-0750