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La prohibición del velo integral en espacios públicos: la sentencia del Tedh (Gran Sala) en el asunto S.A.S. contra Francia, de 1 de Jjulio de 2014

Abstract: Los movimientos migratorios y, como consecuencia de ellos, la globalización de la cultura son foco de efectos de muy distinta índole. Desde un punto de vista positivo, la recepción de inmigrantes de tradiciones culturales y religiosas distintas de la propia puede redundar en un incremento del nivel de tolerancia socio-cultural y, en su cenit, de la asimilación y plena aceptación "del otro", no como elemento distorsionador de la propia cultura sino como elemento de enriquecimiento. Sin embargo, toda moneda tiene dos caras. Si esta es la faz, el envés lo representa el conflicto. La presencia de culturas y religiones diferentes a la propia origina no pocos conflictos sociales y jurídicos. La presencia del Islam en occidente, choca, en muchos aspectos con valores sociales y jurídicos -elevados a veces a la categoría de valores constitucionales- irrenunciables como la dignidad del individuo, la igualdad o el libre desarrollo de la personalidad y así ocurre con la presencia del velo integral en el espacio público en la medida en que puede comprometer tanto estos derechos individuales como otros valores y principios esenciales en un Estado democrático como el orden público o el principio de laicidad estatal.

 Fuente: Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, 2014, 36

 Editorial: Iustel

 Año de publicación: 2014

 Nº de páginas: 17

 Tipo de publicación: Artículo de Revista

 ISSN: 1696-9669