Información requerida en la Ley de Cantabria 1/2018

Artículo 25. Transparencia organizativa e institucional ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1 a) Las funciones que desarrollan y la normativa que les sea de aplicación y, en particular, los estatutos y normas de organización y funcionamiento de sus entes instrumentales

"Funciones, Misión y Visión"

"Normativa de aplicación"

​1 b) ​Su estructura organizativa. A estos efectos, incluirán un organigrama actualizado que identifique a las personas responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesionalSección de Consejo de Dirección en ​"Gobierno de la Universidad"
​1 c) ​ Su sede física, horarios de atención al público, teléfono y dirección de correo electrónico

​"Directorio UC"

"Gobierno UC"

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2 a)​ Delegaciones de competencias vigentes y régimen de sustituciones por ausencia del titular."Gobierno UC" - "Delegación de competencias y régimen de sustituciones"
2 b) ​La plantilla orgánica de plazas, la relación de puestos de trabajo o instrumento análogo de planificación de los recursos humanos y retribución económica anual, indicando si está cubierto o vacante y con indicación del tipo de provisión por el que está ocupado y la fecha de su ocupación. De la misma forma, las plazas reservadas a personal eventual, la entidad, el nombre y apellidos de quienes las ocupan, el centro directivo u órgano al que se encuentren adscritos y retribución íntegra anual, y las plazas cuyo titular se encuentra en servicios especiales o excedencia por prestación de servicio en el sector público o excedencia forzosa por ejercer un cargo representativo, ya sea de elección directa o de designación política.

​"​Personal de la UC" - "Relación de Puestos de Trabajo"

​"​Personal de la UC" - "Dotaciones y Coste de Personal"

​2 c) Acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes"Personal" - "Convenios colectivos"
​2 d) ​La oferta pública de empleo u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal​"Personal" - "Oferta de Empleo Público"
​2 e) ​Los procesos de selección del personal con el fin de que permitan a cada aspirante conocer el puesto que ocupa en cada momento

"​Resultados obtenidos" - "Empleabilidad e inserción laboral"

"Personal" - "Información sobre convocatorias de plazas"

​2 f) ​La identificación de las personas que forman parte de los órganos de representación del personal y el número de liberados sindicales, detallando el crédito horario anual del que disponen

​"Gobierno de la Universidad" - "Órganos de representación del personal"

"Personal de la UC"

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​3 a) ​Relación de órganos colegiados adscritos y normas por las que se rigen​No procede.
​3 b) ​Las resoluciones de autorización y reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos, a los órganos directivos y a los altos cargos, o asimilados​"Personal de la UC" - "Reconocimiento de compatibilidades"
​3 c) ​Con antelación diaria, las agendas institucionales de los gobiernos autonómicos, locales y los altos cargos o asimilados, atendiendo al artículo 26.5 de la presente Ley y siempre que tengan lugar en ejercicio de las funciones públicas que tienen conferidas y en su condición de responsables públicos, permaneciendo dichas agendas publicadas al menos un año"Gobierno UC" - "Agenda Institucional"
​3 d) ​Las directrices, instrucciones, circulares, acuerdos y las respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos en la medida en que supongan una interpretación de los derechos garantizados en esta Ley. Asimismo, se publicarán las solicitudes de información más frecuentes y reiteradas a las que se refiere el artículo 9.6 de la presente Ley.

​Formulario solicitud información pública (En Sede Electrónica)

"Información pública"

​3 e) ​El informe anual de la Inspección General de Servicios sobre conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y los altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las cartas de servicios.No procede.
​3 f) ​Inventario de entidades del sector público administrativo, empresarial y fundacional​"Gobierno de la UC" - "Fundaciones e institutos"
​3 g) ​Los bienes y derechos de las Administraciones Públicas, en los términos del artículo 30.2
de la presente Ley ()
No procede.
​3 h) ​Los anteproyectos de Ley y los proyectos de reglamentos cuya iniciativa les corresponda con indicación, al menos, de la fase de tramitación en la que se encuentra el proyecto, así como la fecha prevista para su aprobación definitiva.No procede.
​3 i) Los informes públicos o privados recabados para la elaboración de cualquier proyecto
normativo en los términos del artículo 32 de la presente Ley (Artículo 32. Transparencia en la información de relevancia jurídica)
No procede.
3 j)( ​Los informes sobre mejora de la regulación y los de evaluación de las políticas públicas y de calidad de los servicios públicos"Resultados obtenidos"
3 k) ​Informe anual sobre consulta pública en la elaboración de los proyectos normativosNo procede.
​3 l) ​Las resoluciones firmes elaboradas por la entidad que tenga la potestad en el ámbito de esta LeyNo procede.
​3 m)La identificación de las personas que ejerzan cargo representativo de designación política, de confianza o asesoramiento especial, o de alto cargo o asimilado. Su identificación se hará en los términos del artículo 26.1 de la presente Ley (Artículo 26. Transparencia política)"​Gobierno de la UC" - "Personal de confianza"
3 n) ​Los planes y programas anuales y plurianuales de la actividad de sus distintos órganos en el plazo de un mes desde su aprobación y durante toda su vigencia, en los que se definirán los objetivos concretos y las actividades y medios necesarios para ejecutarlos, así como el tiempo estimado para su consecución Plan Estratégico de la Universidad de Cantabria 2019-2023
​3 ñ) ​Su grado de cumplimiento y resultados deberán ser objeto de evaluación y publicación periódica, al menos una vez al año, junto con los indicadores de medida y valoración, en la forma que se determine para cada entidad​Pendiente del seguimiento del Plan Estratégico de la Universidad de Cantabria 2019-2023
​3 o) ​Las resoluciones a las que se refiere el artículo 15.8 de la presente Ley (Artículo 15. Resolución. 8. Las resoluciones que se dicten se publicarán por medios electrónicos en la página web de la institución, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran)

"Normativa de aplicación" - "Acuerdos de Órganos de Gobierno"

"Normativa de aplicación" - "Circulares de Gerencia"

​3 p) Las resoluciones del Consejo de Transparencia de Cantabria en los términos del artículo
18.5 de la presente Ley (Artículo 18. Reclamación en materia de acceso a la información pública. Las resoluciones del Consejo de Transparencia de Cantabria se publicarán, previa…)
No procede.

 

Artículo 26. Transparencia política ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1 Se deberá hacer pública de los miembros del Gobierno, altos cargos y asimilados de los entes integrantes del sector público, la siguiente información:
a) Identificación y nombramiento.
b) Currículos profesionales y académicos.
c) Funciones asignadas.
d) Órganos colegiados y consejos de dirección y administración de organismos públicos y sociedades mercantiles en los que participe o haya participado en los últimos cuatro años, así como asociaciones, fundaciones y entidades privadas de cuyos órganos directivos forme parte o haya formado parte en los últimos cuatro años.
e) Retribuciones percibidas anualmente, indemnizaciones y dietas con indicación expresa de los diferentes conceptos retributivos y el importe de los gastos de representación de los que haya hecho uso, indicando el motivo, la fecha y el importe concreto de cada uno de ellos. En el caso concreto de gastos y facturas de comidas se indicará el lugar, los comensales y la razón del evento. Así mismo declararán los beneficios tales como teléfonos móviles u otros aparatos electrónicos, vehículos o, en su caso, tarjetas de crédito.

"Gobierno de la UC" - "Representación en órganos colegiados y consejos de dirección y/o administración"

"Gobierno de la UC" - "Rector"

1 f) Las indemnizaciones que, en su caso, han de percibir al dejar de ejercer su cargo, de conformidad con el artículo 30.1.c) de la presente Ley y, respecto al personal que desempeña puestos considerados de confianza o asesoramiento especial, el órgano al que presta sus servicios y el coste que representa este personal para cada entidad.No procede
1 g) Actividades públicas y privadas para las que se haya autorizado o reconocido la compatibilidad. Las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales se harán públicas en la forma que se desarrolle reglamentariamente

​"Personal de la UC" - "Reconocimiento de compatibilidades"

No procede

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​2 ​Las entidades integrantes de la Administración Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria tendrán el Registro de Actividades y el Registro de Bienes Patrimoniales de los miembros de la Corporación Local debidamente actualizado en los mismos términos que el existente para los miembros del Gobierno de Cantabria y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma​No procede
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3​ ​El contenido de las declaraciones incluidas en ambos registros será público y fácilmente accesible en la sede electrónica o portal web correspondiente. De acuerdo con el artículo 8.1. e) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, en todo caso, se omitirán los datos relativos a la localización concreta de los bienes inmuebles y se garantizará la privacidad y seguridad de sus titulares​No procede
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4​ ​El Registro de Actividades e Intereses de los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria quedará depositado en la Inspección General de Servicios​No procede en el portal de Transparecia de la UC
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5​En relación a la publicación de las agendas institucionales a las que se refiere al artículo 25.3.c) de la presente Ley, se estará a lo dispuesto en los artículos 14 y el 15.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno​"Gobierno UC" - "Agenda Institucional"
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6 Se harán públicos los gastos realizados en campañas de publicidad, promoción y comunicación institucional, desglosando los criterios de planificación y ejecución de los distintos conceptos de la campaña y el gasto por cada uno de ellos, además de lo dispuesto en el artículo 27 de la presente Ley. Asimismo, se publicará el detalle de cuáles son los medios concretos, ya sean de comunicación o de otro tipo, a través de los que el adjudicatario ejecuta las diferentes campañas de publicidad, promoción y comunicación institucional, así como el gasto que corresponde a cada uno de ellos. Esta información se mantendrá de forma permanente.Pendiente - En elaboración

 

Artículo 27. Transparencia en la contratación pública ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1 información relativa a los contratos que se cita
a continuación:
a) Objeto, tipo de contrato y órgano de contratación.
b) Fecha de formalización.
c) Fecha de inicio de ejecución.
d) Duración.
e) Procedimiento de adjudicación utilizado para su celebración.
f) Importes de licitación y de adjudicación.
g) Instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado.
h) Número de licitadores participantes en el procedimiento.
i) Identidad del adjudicatario, así como su solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, o en su caso, clasificación.
j) Modificaciones aprobadas.
k) En su caso, las cesiones del contrato y subcontrataciones, con identificación de los cesionarios y subcontratistas, así como la solvencia técnica y económica de estos y las condiciones de los acuerdos alcanzados entre estos y los contratistas siempre que la normativa sectorial lo permita.
l) Criterios de adjudicación, tanto los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas como los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, previstos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
m) Informe de valoración de las ofertas.
n) En su caso, las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos.
ñ) Las actas de las mesas de contratación.
o) Listado de facturas de importe superior a 3.000 euros.
La publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente,
debiendo cumplir al menos con lo establecido en los apartados anteriores, incluidas
las diferentes ofertas que se realizaron.

"Información económica" - "Contratación" - "Contratos mayores Perfil de Contratante"

"Información económica" - "Contratación" - "Contratos menores 2018"

 
2

Se dará publicidad de la ejecución de los contratos y comprenderá al menos información sobre las ampliaciones del plazo de ejecución, prórrogas del contrato, contratos complementarios, modificaciones del contrato, fecha de la recepción e importe de la liquidación practicada y, en su caso, de las penalizaciones previstas y las impuestas, de la cesión o resolución del contrato, así como la subcontratación, con indicación de la identidad de los subcontratistas, el importe de cada subcontratación y el porcentaje en volumen de cada contrato que ha sido subcontratado

"Información económica" - "Contratación" - "Contratos mayores Perfil de Contratante"
           
3 Respecto a los proyectos y obras públicas de interés para la Comunidad Autónoma se dará publicidad a la siguiente información:
a) La declaración de proyecto y obra pública de interés para la Comunidad Autónoma.
b) Respecto de los proyectos y obras: los informes previos en los que se incluya información sobre su coste estimado, los trámites realizados y los pendientes.
c) Respecto de los contratos formalizados: adjudicatario, plazo de ejecución, fechas previstas de inicio, de finalización y de puesta en servicio.
No procede
             
4 En los contratos de concesión de servicios, deberán hacerse público, además, los siguientes datos para facilitar su conocimiento a los usuarios:
a) Las condiciones y obligaciones asumidas por los gestores con relación a la calidad, el acceso al servicio y los requisitos de prestación del servicio.
b) Los derechos y deberes de los usuarios.
c) Las facultades de inspección, control y sanción que puede ejercer la Administración con relación a la prestación del servicio.
d) El procedimiento para formular quejas o reclamaciones
No procede
            
5 La exigencia de transparencia contenida en este artículo quedará expresamente incluida en los pliegos de cláusulas administrativas particularesEjecutado: Incluido en pliegos de cláusulas administrativas particulares

 

Artículo 28. Transparencia en los convenios de colaboración, encomiendas de gestión, encargos de ejecución a medios propios y subvenciones ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1 Los sujetos comprendidos en el artículo 4 de la presente Ley deberán hacer públicos los convenios suscritos con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Asimismo, los sujetos mencionados en el artículo 5 de la presente Ley deberán publicar la información relativa a los convenios suscritos con una Administración pública en los términos expuestos."Información económica" - "Registro de convenios"
2 Las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria deberán dar publicidad a las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de la actividad o actividades a que se refieran, naturaleza y alcance de la gestión encomendada, plazo de vigencia, supuestos en que proceda la finalización anticipada de la encomienda o su prórroga y, en su caso, obligaciones económicas.No procede
3 Las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria darán publicidad a los encargos de ejecución a medios propios, con indicación de la actividad o actividades a que se refieran, naturaleza y alcance del encargo, plazo de vigencia, los supuestos en que proceda la finalización anticipada o su prórroga y, en su caso, obligaciones económicas, así como la demás información prevista en el artículo 27.1 de la presente Ley. Asimismo, indicarán anualmente el porcentaje de actividad realizada por el medio propio a favor de los órganos de control de la Administración Pública correspondiente.No procede
 
4 a) Las subvenciones, avales y ayudas públicas concedidas, con indicación de su importe, objetivo o finalidad y personas o entidades beneficiarias. Las ayudas concedidas con cargo a fondos de la Unión Europea se regularán por la normativa de publicidad específica de cada fondo"Información económica" - "Subvenciones y ayudas públicas"
4 bf) Los programas anuales y plurianuales de ayudas y subvenciones públicas, donde constarán las bases reguladoras y los plazos de presentación, así como las dotaciones presupuestarias previstas."Información económica" - "Subvenciones y ayudas públicas"
 
6 Las bases reguladoras, las resoluciones de concesión o los convenios que instrumenten la concesión de subvenciones o ayudas públicas, deberán incluir la obligación de comunicar por las personas jurídicas beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas por importe mínimo de 10.000 euros, las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tales como presidente, secretario general, gerente, tesorero y director técnico, al efecto de hacerlas públicas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la revocación de las ayudas o subvenciones y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas

"Información económica" - "Registro de convenios"

"Información económica" - "Subvenciones y ayudas públicas"

 

Artículo 29. Transparencia en las cuentas bancarias ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1 Los sujetos mencionados en el artículo 4 de la presente Ley deberán publicar mensualmente
los saldos de sus cuentas bancarias
"Transparencia UC" - "Información económica" - "Cuentas bancarias"
3 En todo caso, deberán aparecer los siguientes datos de cada cuenta:
a) Clase de cuenta.
b) Denominación.
c) Titularidad.
d) Radicación e identificación.
e) Entidad bancaria, financiera o de crédito y ocho últimos dígitos de la cuenta.
f) Número de Identificación Fiscal asociado a la cuenta.
"Transparencia UC" - "Información económica" - "Cuentas bancarias"

 

Artículo 30. Transparencia en la gestión económica, presupuestaria y patrimonial ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1.a) Los presupuestos anuales, con descripción de las principales partidas presupuestarias"Información económica" - "Presupuestos, memorias de liquidación e informes de fiscalización"
1.b) La ejecución trimestral a nivel concepto o partida presupuestaria detallando aquellas desviaciones significativas sobre los presupuestos aprobados."Información económica" - "Estados de ejecución del presupuesto"
1.c) Información mensual, elaborada por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas. Este informe detallará, en su caso, las posibles desviaciones de estos objetivos, sus causas y las medidas destinadas a volver a la estabilidad presupuestaria.No procede
1.d) Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control interno y externo que sobre ellos se emitan atendiendo a los límites del artículo 8.1 de la presente Ley"Información económica" - "Presupuestos, memorias de liquidación e informes de fiscalización"

"Información económica" - "Informes de auditoría y cuentas anuales"

1.e) Las retribuciones percibidas anualmente, indemnizaciones y dietas de sujetos mencionados en el artículo 26.1 de la presente Ley. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones que han de percibir al dejar de ejercer su cargoNo procede
1.f) Los acuerdos de no disponibilidad detallados a nivel de conceptoNo existen
             
2 a) La relación de los bienes muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico e inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real, indicando, su ubicación, superficie, características principales, referencia catastral, órgano al que están adscritos y uso actual, salvo por razones justificadas de protección a las personas.

"Información económica" - "Relación de bienes e inmuebles"

Proyecto Patrimonio UC

2 b) Informe de carácter trimestral sobre la deuda pública de los últimos 10 años que contenga los siguientes elementos:
1. Deuda pública según el Protocolo de Déficit Excesivo (PDE). Resumen general.
2. Deuda pública según el Protocolo de Déficit Excesivo (PDE). Por instrumentos.
3. Deuda pública según el Protocolo de Déficit Excesivo (PDE). Por agrupaciones institucionales, detallando de forma individual cada una de las entidades que conforman el Sector Público Empresarial y Fundacional.
No procede
​2 c) ​Estadísticas en materia tributaria, conforme a parámetros geográficos, poblacionales o económicos, respetando el carácter reservado de los datos tributarios regulado en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Además, se publicará un informe de periodicidad mensual con la recaudación, a nivel de concepto, de los capítulos I a VII de Ingresos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

​No procede

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3. Las personas físicas y jurídicas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, mencionadas en el artículo 6 de la presente Ley, deberán suministrar al sujeto del artículo 4 de esta Ley al que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, las retribuciones percibidas por presidentes, directores o máximos responsables similares, así como su personal directivo.No procede

 

Artículo 31. Transparencia en la ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1 Instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico, y demás expedientes que, según la legislación sectorial vigente, deban estar sometidos a un período de información pública durante su tramitación, así como las memorias, informes y alegaciones que conformen tales expedientes. La publicación de la información a la que se refiere este apartado se llevará a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que pudieran incluirse en la misma, de forma que de esa información no pueda derivarse el acceso a datos relacionados con personas físicas identificadas o identificables.No procede
2 Resoluciones firmes de expedientes de disciplina urbanística.No procede
3 Informes de sostenibilidad ambiental, tanto previos como definitivosNo procede
4 Memorias ambientales"Medio ambiente" - "Memorias de actividades ambientales"
5 Informes de evaluación de impacto ambiental, alegaciones recabadas en período de información pública y la declaración definitiva de impacto ambientalNo procede
6 Planes de protección medioambiental y animal

"Medio ambiente"

"Medio ambiente" - "Gestión ambiental"

7 Informes relativos a los seguimientos de estado de las masas de aguaNo procede
8 Informes relativos a la calidad del agua de los diferentes municipiosNo procede
9 Planes regionales y sectoriales de gestión de residuos
10 ​Resoluciones firmes de expedientes de disciplina ambiental, así como sus actas de inspección ambiental​No procede
11 Autorizaciones ambientales integradas y sus modificacionesNo procede

 

Artículo 32. Transparencia en la información de relevancia jurídica ​ ​
Descripción de la información Apartado de la Web de Transparencia
1.a)Normativa vigente, incluyendo la versión consolidada de las normas"Normativa de aplicación"
1.b)Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos que se indican en la forma prevista del artículo 25.3.d) de la presente Ley.

"Formulario de información pública"

"Información pública"

1.c)La relación circunstanciada y motivada de los procedimientos de elaboración de anteproyectos de Ley y de disposiciones administrativas de carácter general que estén en tramitación, a partir del momento en el que se produzca la aprobación del anteproyecto, indicando su objeto y estado de tramitación, así como la posibilidad que tienen las personas de remitir sugerencias y la forma de hacerlo.No procede
1.d)Los proyectos de disposiciones administrativas de carácter general cuya iniciativa les corresponda, cuando se soliciten los dictámenes a los órganos consultivos correspondientes.No procede
1.e)Las memorias, informes y dictámenes que conformen los expedientes de elaboración de los textos normativos con ocasión de la emisión de los mismosNo procede
1.f)Los textos de las resoluciones judiciales firmes que afecten a la vigencia o interpretación de las normas dictadas por la Administración pública competenteNo procede
1.g)Los documentos que se sometan a consulta pública o a un período de información pública, según la legislación básica estatal reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y la legislación sectorial respectivamente, durante su tramitación, así como las alegaciones que se realicen durante ese trámite y la respuesta a las mismas

No procede

Incluidos en la plataforma de contratación del estado

"Información económica" - "Contratación"

1.h)Actas de reuniones, de liberatorias o decisorias, de órganos consultivos y de todos los órganos asesores o colegiados de dirección o supervisión."Normativa de aplicación" - "Acuerdos de Órganos de Gobierno"
 
2Para el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior, se publicará una relación actualizada de los procedimientos de elaboración de normas que estén en curso, indicando su objeto, los trámites exigibles y estado de los mismos, así como los mecanismos de participación ciudadana previstos, incluyendo, en su caso, las alegaciones que se hayan presentado, con indicación de quienes las presentaron y sus fechas de registro.No procede
 
3Para el efectivo cumplimiento de lo contenido en este artículo se creará una base de datos pública, a través del portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria, donde se podrá acceder a toda la información contenida en las letras a) y b) del apartado primero de este artículo, de forma sistemática, actualizada e incluyendo las versiones consolidadas de las normasNo procede