Normativa de cotización aplicable:
Cuotas mensuales de cotización a MUFACE 2024 |
A1 | 51,68 |
A2 | 40,68 |
B | 35,62 |
C1 | 31,24 |
C2 | 24,72 |
E | 21,07 |
Cuotas mensuales de DERECHOS PASIVOS 2024 |
A1 | 118,04 |
A2 | 92,90 |
B | 81,35 |
C1 | 71,35 |
C2 | 56,45 |
E | 48,13 |
Enlace a la página Web de
MUFACE. En esta página podrá encontrar información sobre las prestaciones económicas, así como los impresos para la solicitud de las mismas.
Enlace a la página Web del régimen de Clases Pasivas del Estado. Esta página dispone de una oficina electrónica que le permite efectuar a través de Internet gestiones y consultas que hasta ahora se venian realizando de forma presencial en sus oficinas.
Accidente de trabajo:
A efectos de asistencia sanitaria, no se diferencia entre el accidente de trabajo y la enfermedad común. Por tanto el mutualista debe utilizar la entidad médica que ha elegido para la asistencia sanitaria. En este caso MUFACE reintegra el 30% abonado por medicamentos.
Si el mutualista acude al servicio de urgencia del Hospital "Marqués de Valdecilla" cuando ha elegido la asistencia sanitaria por Igualatorio Médico ó similar, puede tener que abonar el importe de los servicios recibidos.
El interesado, o la unidad funcional a la que está adscrito, deberá comunicar a la sección de retribuciones los datos del accidente para la confección del parte.