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Reversión con subrogación: cuatro anomalías y una contradicción

Abstract: El presente trabajo analiza el artículo 130.3 de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, que impone a la Administración que revierte la gestión directa de un servicio la subrogación en el personal del anterior contratista cuando lo establezca una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo marco, poniéndose de manifiesto las cuatro patentes anomalías de naturaleza laboral en las que incurre el precepto estudiado, pues en tal subrogación no mediaría a priori una sucesión de contratas, una cesión ilegal de mano de obra ni negocio traslativo alguno, ni tampoco una extensión legal de un convenio a la Administración, pues ello chocaría con la doble naturaleza voluntaria y causal de la extensión del ámbito de aplicación de los convenios, sin olvidar la contradicción de esta subrogación forzosa con las previsiones legales que impedirían la consolidación de tal personal y su transformación en empleados públicos.

 Fuente: Auditoría Pública, 2018, 70, 101-108

Editorial: OCEX

 Año de publicación: 2018

Nº de páginas: 8

Tipo de publicación: Artículo de Revista

ISSN: 1136-517X