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17 MARZO 2020
Institucionales

Resolución rectoral de 17 de marzo de 2020 por la que se establecen los servicios públicos esenciales

Para el mantenimiento de infraestructuras estratégicas en el ámbito de la investigación de la Universidad de Cantabria por la suspensión de la actividad presencial como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19)

​La Resolución Rectoral 184/2020 de 14 de marzo de 2020 suspendió toda actividad presencial en la Universidad de Cantabria como consecuencia de la situación, evolución y perspectivas del coronavirus (COVID-19). En el apartado primero de la citada Resolución se facultaba a este Rectorado para establecer los servicios públicos esenciales. 

Por Resolución Rectoral de 15 de marzo de 2020 se establecieron los servicios públicos esenciales en la Universidad de Cantabria por la suspensión de la actividad presencial como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (covid-19). 

En dicha Resolución se indicó que “antes de las 00,00 horas del 18 de marzo se establecerán, mediante la correspondiente Resolución Rectoral, los servicios esenciales destinados, de manera específica, al mantenimiento de algunas actividades, especialmente la seguridad de ciertos equipos e instalaciones, que el Rectorado considere críticos para la investigación”. 

De acuerdo con la anterior, se indican las instalaciones y equipamientos y se designan a las personas que garantizan dicho mantenimiento:

Departamento de Anatomía y Biología Celular 

Disección de donantes. 

a. El director del Departamento. 

Departamento de Ciencia e Ingeniería del Terreno y de los Materiales 

Vigilancia de maquinaria de relajación isoterma. 

a. Un técnico con experiencia y cualificación. 

Departamento de Ciencias Médicas y Quirúrgicas. 

Mantenimiento del equipo de detección de radiactividad y espectrometría. 

a. Un PDI con experiencia y cualificación. 

Departamento de Ciencias y Técnicas del Agua y del Medio Ambiente 

Vigilancia de bio-reactor.

 a. Un técnico con experiencia y cualificación. 

Departamento de Física Moderna 

Vigilancia de la fuente de neutrones Am-Be. 

a. Un PDI con experiencia y cualificación. 

Departamento de Ingeniería de Comunicaciones 

Vigilancia de la Cámara anecoica.

a. Un PDI con experiencia y cualificación. 

Departamento de Ingeniería Química y Biomolecular 

Vigilancia general de equipos. 

a. Un técnico con experiencia y cualificación. 

Departamento de Matemática Aplicada y Ciencias de la computación

Vigilancia del Servicio de Datos Climáticos. 

a. Un técnico con experiencia y cualificación.

Departamento de Transportes y Tecnología de Proyectos y Procesos 

Vigilancia de equipamiento de ensayos de durabilidad. 

a. Un técnico con experiencia y cualificación. 

Departamento de Tecnología Electrónica e Ing. Sistemas y Automática (TEISA) 

Mantenimiento informático del grupo de Ingeniería Microelectrónica (ETSIIT). 

a. Un técnico con experiencia y cualificación. 

Refrigeración equipos fotónica (Edificio José Luis García).

b. Un PDI con experiencia y cualificación.

Instituto de Biomedicina y Biotecnología de Cantabria (IBBTEC) 

Atención y servicios a equipamientos. 

a. Un técnico con experiencia y cualificación. 

Instituto de Física de Cantabria (IFCA) 

Mantenimiento del nodo de supercomputación.

a. Un técnico con experiencia y cualificación.

• Servicios Científico-Técnicos de Investigación 

Mantenimiento del Servicio de Microscopía Electrónica de Transmisión. 

a. Un técnico con experiencia y cualificación. 

La presencia de estas personas en las dependencias de la Universidad se deberá limitar a lo imprescindible. Así mismo, se deberá evitar la coincidencia temporal de más de una persona en la misma unidad. 

Las personas serán designadas de acuerdo con las indicaciones recibidas de los directores de los Departamentos e Institutos. 

Los empleados de la Universidad de Cantabria no incluidos entre los designados para la prestación de los servicios esenciales para realizar la actividad presencial en los lugares de trabajo, deberán acudir, a los centros de trabajo cuando sean requeridos por el Rector y/o el Gerente, bien para prestar presencialmente los servicios, bien para recibir las instrucciones precisas para su desarrollo mediante fórmulas de teletrabajo o trabajo a distancia, así como para el seguimiento del trabajo realizado. 

En Santander, 17 de marzo de 2020. 

EL RECTOR

Ángel Pazos Carro

Enlace a la resolución rectoral.





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