Abstract: La mediación y el compliance son figuras que guardan muchas analogías o paralelismos, aunque se refieran a cuestiones que, en principio, parecería que no tienen nada que ver entre sí. No obstante, si nos detenemos en el estudio de las funciones y aplicación de los mecanismos que componen ambas categorías técnicas, podemos comprobar que se complementan de manera idónea en multitud de supuestos. Por la índole de este Anuario, todo lector está, de sobra, familiarizado con la mediación, pero no con el compliance. Por este motivo, se requiere dar unas pinceladas sobre las implicaciones del compliance y su paulatina incorporación en nuestra realidad jurídico-económica para mostrar la potencialidad de combinarlo con la mediación y otros sistemas de resolución alternativa de disputas (RAD).