Abstract: Se ha puesto en entredicho la supervivencia de la legítima. La solidaridad familiar, entendida como la asistencia patrimonial a ciertos familiares tras el fallecimiento del cabeza de familia, no sirve hoy en día para justificar la imposibilidad de disponer libremente de dos tercios del patrimonio del testador. El artículo propone
una reflexión sobre el fundamento de la institución, a la luz de la actual realidad social y jurídica, que junto a ciertas modificaciones en su régimen jurídico, permita seguir justitifando la utilidad de la figura como instrumento de protección de la familia.