Buscar

Estamos realizando la búsqueda. Por favor, espere...

Detalle_Publicacion

Responsabilidad de las entidades financieras ante el hackeo de cuentas bancarias. En particular, casos de "phising"

Abstract: El control de las operaciones de pago no autorizadas ha sido objeto de especial atención en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera (en transposición de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento y del Consejo, de 25 de noviembre, sobre Servicios de Pago en el Mercado Interior y derogando la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago), con el firme propósito de generar un entorno más seguro y fiable en el aprovechamiento de las innovaciones derivadas de los cambios tecnológicos en los servicios de pago. A lo largo de estos últimos años, han proliferado diversos medios fraudulentos para conseguir una transferencia de activo patrimonial, con ánimo de lucro y en perjuicio de terceros, a través de manipulación informática o artificio semejante (art. 248.2.a. CP): creación de órdenes de pago o de transferencias no autorizadas, duplicidad de tarjetas de pago, suplantación de identidad de la propia entidad financiera u organismos públicos, etc., como muestra el último informe del Banco de España -Memoria de Reclamaciones de 2020-. Sin perjuicio de que todos estos métodos pueden ser calificados como fraudulentos, la principal dificultad que habremos de solventar para determinar el sujeto responsable es la clasificación de la operación de pago como autorizada por el titular de la cuenta o si, por el contrario, nos encontramos ante una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente. Incluso encontrándonos ante el primer tipo de operaciones ? presuntamente autorizadas por el titular-, la entidad financiera será responsable del perjuicio patrimonial sufrido por el titular de la cuenta que ha sido víctima de fraude o hackeo (art. 44 Real Decreto-ley 19/2018), como viene siendo estimado por la jurisprudencia menor más reciente. A lo largo del presente trabajo se llevará a cabo un análisis doctrinal y jurisprudencial con el que se pretende arrojar algo de luz y sistemática a una manera tan controvertida y que tanta indignación ha causado a clientes -consumidores y microempresas- víctimas de fraudes en los servicios de pago contratados con las entidades financieras.

 Autoría: Araya Alicia Estancona Pérez

 Fuente: Actualidad Jurídica Iberoamericana, 2023, 18, 1590-1617

Editorial: Instituto de Derecho Iberoamericano

 Fecha de publicación: 01/02/2023

Nº de páginas: 28

Tipo de publicación: Artículo de Revista

ISSN: 2386-4567