Consulta pública previa sobre la elaboración del Reglamento de Convivencia

​​​​1.- Intro​​​ducción:

​La Universidad de Cantabria desarrolla en el presente Reglamento los mandatos de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de Convivencia Universitaria, con el objeto de garantizar una convivencia adecuada dentro de la universidad y entre todos los miembros que integran dicha comunidad.

2.- Bas​e legal:

Ley 3/2022, de 24 de Convivencia Universitaria​.

Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario​.

Estatutos de la Universidad de Cantabria aprobados por Decreto 26/2012, de 10 de mayo.

3.- Objetivos:​​

La Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria presenta como principal objetivo la resolución de los conflictos en el seno de la comunidad universitaria, por un lado, mediante el establecimiento de las bases de la convivencia en el ámbito universitario fomentando la utilización preferente de modalidades alternativas de resolución de conflictos y, por otro, mediante la actualización del régimen disciplinario de los estudiantes universitarios. Además, pretende regular los elementos básicos de la convivencia en el seno de la comunidad universitaria conforme a los principios y valores democráticos de nuestro ordenamiento jurídico.

Sienta así las bases que cada universidad deberá trasladar a sus propias normas de convivencia, como instrumento fundamental para favorecer el entendimiento, la convivencia pacífica y el pleno respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas en el ámbito universitario. A estos efectos, los artículos 3 y 4 de la citada Ley imponen a las universidades la obligación de aprobar el desarrollo de la citada Ley (Disposición adicional cuarta).

Atendiendo a este mandato legal, la Universidad de Cantabria ha elaborado el presente borrador de Reglamento que, tras los trámites oportunos, someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno en el ejercicio de su potestad de autoorganización y de su autonomía recogido en el art. 27.10 CE, reforzando este marco de convivencia con la creación de la Comisión de Convivencia de la Universidad de Cantabria, junto con la previsión de implementación de la Inspección de Servicios (art. 43 LOSU).

Sobre esta base se han pretendido aclarar las atribuciones de estos órganos, así como fijar las reglas para una tramitación ordenada y eficiente de los procedimientos, con máximas garantías y protección de los derechos de toda la comunidad universitaria, dando respuesta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre; particularmente a los principios de eficacia y eficiencia en la resolución de los conflictos de convivencia y que fundamentan el interés general de su aprobación.

 

4.- Descarga del borrador​:


5.- Forma de adopción:

De acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del art. 3 de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, “las universidades elaborarán esta regulación con la participación y audiencia de todos los sectores de la comunidad universitaria a través de sus respectivos órganos de representación, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar otros procesos de participación o consulta”.

Para dar cumplimiento a dicho mandato, los miembros de la comunidad universitaria, a título individual, colectivo o representativo que así lo consideren podrán hacer llegar sus opiniones y sugerencias hasta el día 19 de diciembre de 2023, a través de alguno de los siguientes cauces de participación:

  •  Formulario ​​​de s​ugerencias​​ (finalizado el periodo de sugerencias).
  •  Dirección de correo electrónico: secretaria.general@unican.es


Muchas gracias por su colaboración.