Abstract: La Sentencia del TSJ de Madrid de 19 de enero de 2017 versa sobre la promoción de
edificaciones en régimen de comunidad de bienes y, concretamente, sobre las consecuencias que en el IVA presenta la disolución de tales comunidades y la adjudicación a los comuneros de uno o varios de los inmuebles promovidos una vez finalizada su construcción. El Tribunal considera que la operación de adjudicación del inmueble al comunero, al no constituir un acto traslativo del dominio, no da lugar a una entrega de bienes a efectos del IVA.