Área de Internacionalización de la ETS de Náutica: Convenios Erasmus/Destinos
Responsable Académico/Coordinador de Relaciones Internacionales en el centro: ALBERTO COZ FERNÁNDEZ (coza@unican.es)
Información sobre movilidad en la E.T.S. Náutica:
Charla CURSO 2022-2023.pdf
6 Destinos: Bélgica - Letonia - Noruega - Italia - Portugal
Normativa de Programas de Intercambio de la ETS Náutica (Acuerdo de Junta de Escuela de 31 de marzo de 2015)
1. OBJETO
Los estudiantes de Grado y Máster Universitario de la Escuela Técnica Superior de Náutica (ETSN) podrán realizar en el marco de programas de intercambio o convenios interinstitucionales, uno o varios períodos de sus estudios (con un máximo de 12 meses en total) así como un periodo de prácticas en una universidad extranjera o española, o en una empresa, en el caso de las prácticas, garantizando su reconocimiento académico en el curso en el que se realiza la estancia.
El reconocimiento de prácticas de programas de intercambio de la ETSN en centros extranjeros no será para las prácticas de embarque.
Además de esta normativa específica de la ETSN, será de aplicación la Normativa específica de la Universidad de Cantabria.
2. ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA ETS NÁUTICA DE LA UC
- Se consideran estudiantes de intercambio de la ETSN de la UC, todos aquellos que cursen sus estudios en otras universidades por un período mínimo de tres meses y máximo de un curso académico completo, salvo aquellos casos en los que previamente se acuerde un plazo distinto por razones académicas, en el marco de los programas de intercambio o convenios firmados con tal fin por la Universidad de Cantabria.
- Los estudiantes de intercambio serán seleccionados por la Comisión de Programas de Intercambio, mediante una o varias convocatorias públicas, a propuesta del Coordinador de titulación de la Escuela.
3. FIGURA DEL COORDINADOR DE PROGRAMAS DE INTERCAMBIO DE LA ETSN
El Coordinador de programas de intercambio de la ETSN actúa como responsable académico de los estudiantes de la titulación de grado o de máster que participan en los programas nacionales e internacionales de intercambio y es nombrado por el/la Vicerrector/a competente en temas de intercambio a propuesta de la Dirección de la ETSN. Sus responsabilidades concretas son las siguientes:
- Propuesta de la normativa específica de intercambio de la ETSN que será aprobada por la Junta de Centro y comunicada al Vicerrector correspondiente y supervisión de su cumplimiento.
- Presentación de las características de las convocatorias de movilidad a los estudiantes así como de los requisitos de la Universidad y de la ETSN.
- Selección de los estudiantes y elaboración de una propuesta de asignación de destinos, aprobada por la Dirección del Centro que debe ser ratificada por la Comisión de Programas de Intercambio.
- Información a los estudiantes sobre las convocatorias de intercambio en las que pueden participar y sobre los criterios de selección y asignación de destinos en colaboración con la Oficina de Relaciones Internacionales.
- Elaboración y aprobación del contrato de movilidad de cada estudiante a través del campus virtual, lo que implica la preselección de las asignaturas que cursarán en la universidad de destino y el establecimiento de sus asignaturas equivalentes en la UC.
- El seguimiento de los estudios realizados por los estudiantes durante su estancia en la universidad de destino, el asesoramiento, asistencia o mediación ante los responsables académicos de las universidades implicadas y la aceptación o denegación a través del campus virtual de los cambios de asignaturas propuestas con respecto al contrato de movilidad inicial, cuando las circunstancias lo requieran.
- La interpretación y asignación de calificaciones en las asignaturas que hayan sido cursadas en la universidad de destino para que puedan ser trasladadas a las actas de la Universidad de Cantabria de acuerdo con el procedimiento establecido.
4. REQUISITOS ACADÉMICOS PREVIOS
Los requisitos serán los establecidos por la Normativa de Gestión Académica de la Universidad de Cantabria.
5. CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PLAZAS
- La selección de los estudiantes se realizará por orden de expediente, una vez se hayan descartado los estudiantes que no hayan cumplido el requisito del idioma, es decir que no hayan aprobado la prueba organizada por el centro de idiomas o no hayan quedado exentos de su realización por haber acreditado un nivel suficiente de conocimiento de idioma. En los casos en los que el expediente sea atípico debido a traslados de expediente, cambios de plan de estudios o convalidaciones de ciclos u otras circunstancias académicas el coordinador podrá modificar esta nota, tras una entrevista con el alumno, de forma que se establezca un orden de prelación entre los candidatos en igualdad de condiciones.
- Una vez adjudicadas las plazas y entregadas las cartas de aceptación por parte de los estudiantes, los destinos que queden vacantes a causa de renuncias serán adjudicados directamente a los suplentes, sin que se acepten modificaciones en las plazas ya asignadas por los solicitantes seleccionados.
- Los estudiantes no seleccionados por no haber superado la prueba de idioma requerida en la universidad de destino podrán, con carácter excepcional, ser incluidos en el programa en el caso de que queden plazas vacantes tras la selección inicial y siempre y cuando acrediten ante el tutor antes de iniciar su estancia que poseen ese requisito.
- Con carácter excepcional, se podrán admitir alumnos que no reuniendo las condiciones anteriores puedan ir sin ayuda financiera, siempre y cuando hayan quedado plazas vacantes, con la condición de que acrediten el idioma necesario.
- Se podrían aceptar estudiantes que quieran realizar un período de sus estudios por segunda vez hasta un máximo de 12 meses entre ambos períodos.
6. PLAN DE ESTUDIOS Y MODIFICACIONES
- Los estudiantes de intercambio deberán realizar en la universidad de destino el trabajo equivalente a un bloque de estudios equivalente a un cuatrimestre o un curso académico. Como criterio general un curso académico será equivalente a 60 créditos E.C.T.S mientras que un cuatrimestre será aproximadamente de 30 créditos E.C.T.S.
- Se establecen las siguientes asignaturas que por su contenido específico no son susceptibles de ser realizadas por los alumnos en Programas de intercambio de la ETSN, ya que incluyen en su programa contenidos expresos para la expedición de certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.
Grado en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo | ASIGNATURAS QUE DEBERÁN CURSAR EN LA UC:
Seguridad Marítima I. [1, 2, 10, 11, 12, 13, 14, 15] Seguridad Marítima II. [3, 4, 5, 10, 11, 12, 13, 14, 15] Formación Sanitaria y Calidad. [2, 6, 10, 11, 12, 13, 14] Radiocomunicaciones. [8, 9] Navegación III. [16, 17] Navegación IV. [16, 17] Navegación V. [16, 17] Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Optativa). [7]
ASIGNATURAS QUE DEPENDERÁN DEL PROFESOR RESPONSABLE:
Meteorología Náutica y Oceanografía. [8] Prácticas de Embarque I o competencia verificada en el Libro de Formación. [8] Teoría del Buque y Construcción Naval I. [10, 11, 12, 13, 14] Teoría del Buque y Construcción Naval II. [11, 12, 13, 14] Sistemas Auxiliares. [10, 11, 12, 13, 14] Carga y Estiba. [10, 11, 12, 13, 14] Inglés Técnico Marítimo. [15] |
Grado en Ingeniería Marina | ASIGNATURAS QUE DEBERÁN CURSAR EN LA UC: Seguridad Marítima I. [1, 2, 10, 11, 12, 13, 14, 15] Seguridad Marítima II. [3, 4, 5, 15] Formación Sanitaria y Calidad. [2, 6, 10, 11, 12, 13, 14] Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias. [7]
ASIGNATURAS QUE DEPENDERÁN DEL PROFESOR RESPONSABLE:
Teoría del Buque y Construcción Naval I. [10, 11, 12, 13, 14] Sistemas Auxiliares. [10, 11, 12, 13, 14] Termodinámica y Mecánica de Fluidos. [10, 11, 12, 13, 14] Generadores de Vapor y transmisión del Calor. [10, 11, 12, 13, 14] Refrigeración y Transportes Especiales. [10, 11, 12, 13, 14] Inglés Técnico Marítimo. [15]
|
Grado en Ingeniería Marítima | ASIGNATURAS QUE DEBERÁN CURSAR EN LA UC:
Seguridad Marítima I. [1]
Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias. [7] |
- En el futuro, la ETSN podrá establecer otras asignaturas, que por su contenido específico, no sean susceptibles de ser realizadas en otros centros.
- El estudiante, en conjunción con el coordinador, elaborará la propuesta de plan de estudios inicial que deberá ser firmada por ambas partes. El original de este documento será entregado en la Oficina de Relaciones Internacionales quién a su vez enviará una copia a cada centro a finales del mes de septiembre.
- El plan de estudios podrá ser modificado a petición del estudiante, previa autorización por escrito del coordinador/a del centro si existe una justificación objetiva y se realiza de acuerdo a las normas y en los plazos establecidos. La propuesta de cambios deberá realizarse a través del Campus Virtual.
- No se garantizan los cambios realizados al margen de los plazos y normas establecidas.
7. REGIMEN DE EXAMENES
- No se podrán realizar en Cantabria exámenes en convocatoria ordinaria de las asignaturas incluidas en el plan de estudios, salvo que se autorice expresamente y por escrito por el coordinador.
- Los alumnos que, por encontrarse cursando estudios en una universidad extranjera, no puedan asistir a los exámenes extraordinarios de septiembre no tendrán derecho a solicitar un adelanto en las fechas de dichos exámenes.
8. CALIFICACIONES
Las calificaciones obtenidas por los alumnos de intercambio, deberán ser trasladadas al sistema de calificaciones de la UC siguiendo como pautas orientativas las tablas de convalidaciones existentes y la doble calificación ECTS si está incluida en el certificado.
9. COMPROMISO DEL ESTUDIANTE
- El estudiante se compromete a realizar su matrícula conforme a la normativa de la Universidad de Cantabria y de la ETSN. En dicha matrícula deberán incluirse todas las asignaturas previstas en el plan de estudios.
- El estudiante se compromete a comunicar al coordinador la información relativa a la actividad docente desarrollada fuera de España así como cualquier incidencia que pudiera alterar su plan de trabajo, o la duración de su estancia. Asimismo, realizará los cambios necesarios en su plan de estudio en los plazos y de la forma prevista a tal efecto.
- El estudiante se responsabiliza a traer de la universidad de destino un original de los certificados oficiales o notas o una carta personal del Coordinador certificando las notas obtenidas. En este último caso, este documento servirá para efectuar la matrícula provisional del siguiente año académico del alumno, a la espera de recibir las calificaciones oficiales.
Datos estadísticos:
| Alumnos UC | Alumnos UC | Alumnos de Fuera | Alumnos de Fuera |
Curso | Erasmus | Sicue | Erasmus | Sicue |
2015-2016
| 4
| 2
| 4
| 2
|
2016-2017
| 13
| 1
| 1
| 0 |
2017-2018
| 8
| 3
| 1
| 0
|
2018-2019
| 7
| 1
| 3
| 0 |
2019-2020
| 9
| 0 | 2
| 2
|
2020-2021
| 1
| 0
| 0
| 1
|
2021-2022
| 5
| 0
| 1
| 1
|
2022-2023
| 8
| 2 | 2
| 0
|