Admisión de estudiantes con estudios extranjeros parciales

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Admisión de Estudiantes con Estudios Extranjeros No Homologados 

 

¿Quiénes pueden solicitarla? 

Podrá solicitarse la convalidación parcial de estudios universitarios extranjeros en los siguientes casos: 

  • Estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales.

  • Estudiantes con estudios universitarios extranjeros completos pero cuya homologación hubiera sido denegada por el Ministerio de Universidades, indicando expresamente la posibilidad de convalidación parcial a los efectos de continuar las mismas enseñanzas o equivalentes en universidades españolas.

 

Requisitos

Según establece el Artículo 45 del RD 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas:

  • El Rector o la Rectora de la universidad resolverá las solicitudes de plaza de estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación o equivalencia de sus títulos, diplomas o estudios en España. 

Se ofertará un 3% del número de plazas de nuevo ingreso aprobado, cada curso académico, por los órganos de Gobierno de la Universidad.

En aquellas titulaciones en las que no se cubran, cada curso académico, el número de plazas ofertadas para estudiantes de nuevo ingreso, el Centro podrá admitir un número mayor de solicitudes hasta el cupo establecido.

Este límite no será de aplicación en el caso de traslados amparados en convenios suscritos con Universidades extranjeras. 

 

Solicitud

La solicitud de convalidación parcial de estudios universitarios extranjeros deberá ser presentada en la Oficina de Registro de la Universidad de Cantabria (Avda. de los Castros, 54 - Pabellón de Gobierno, planta 1. 39005 - Santander) o ante cualquier registro electrónico u oficina de asistencia en materia de registro oficial entre los días 5 y 9 de mayo de 2025, acompañada de los siguientes documentos:

1. Impreso de solicitud de plaza. (Información protección de datos). 

2. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte.

En el momento de la matrícula, los estudiantes extranjeros deberán aportar Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), que incluye el Número de Identificación de Extranjeros (NIE) en el caso de estudiantes extranjeros procedentes de países que no formen parte de la Unión Europea, o Tarjeta o Certificado de registro de ciudadano de la Unión en el caso de estudiantes procedentes de países de la Unión Europea. 

Enlace con información sobre la obtención del visado de estudios. 

3. Certificación Académica Personal, en la que consten las asignaturas cursadas, el número de créditos y sus correspondientes calificaciones.

Además de la Certificación Académica Personal, deberán presentar documento de equivalencia de notas medias obtenido a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. 

4. Programas Oficiales o Guías docentes, selladas por la Universidad de origen de las asignaturas, módulos o materias superadas.  

Todos los documentos expedidos en el extranjero deberán estar traducidos al español por traductor jurado y, en el caso de países que no pertenezcan a la Unión Europea, debidamente legalizados.

 

Resolución

La resolución de la concesión o denegación de la admisión  se resolverá por el Decano o Director del Centro, por delegación del Rector, y se publicará en la página web y en el tablón de anuncios del Centro, no enviándose escrito individualizado al respecto. Los estudiantes ralizarán su matrícula entre los días 10 y 11 de julio de 2025

 

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Normativa 

REAL DECRETO 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. 

 


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