Programa Becas Santander Ayuda Económica

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Programa "Becas Santander | Ayuda Económica"

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La Universidad de Cantabria, en colaboración con el Banco Santander, convoca el Programa "Becas Santander | Ayuda Económica 2026-27" con el objetivo de facilitar el acceso a la educación superior al alumnado con los mejores expedientes académicos de cualquier curso de Grado o Máster Oficial y que hayan sido beneficiarios de una beca de carácter general convocada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, el Gobierno Vasco o el Programa Regional de Becas de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el curso académico 2025/2026.  

Además el Programa pretende fomentar la inclusión educativa, velando por criterios de igualdad y equidad social (económica, cultural o de situación de discapacidad) en la comunidad universitaria. 

Destinatarios y requisitos  

Podrá ser beneficiario de este Programa el alumnado de la Universidad de Cantabria que cumpla los siguientes requisitos: 

  • Estar matriculado en los estudios de Grado o Máster Oficial impartidos en la Universidad de Cantabria en el curso académico 2026/2027.

  • Haber obtenido una nota media mínima en su expediente académico de 7,00 puntos

  • Haber recibido en el curso inmediatamente anterior al de la solicitud del Programa una beca del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o, en su caso del Gobierno Vasco, o una beca del Programa Regional de Becas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.  

     

Forma y plazo de presentación.

  1. Será condición ineludible para poder presentar la solicitud de la beca estar inscrito en el Programa a través de la página web habilitada a dicho efecto: www.becas-santander.com.  

  2. El plazo de presentación de las solicitudes está ya abierto y finalizará el 7 de octubre de 2026.  

  

Cuantía y número de becas

El importe unitario de la beca que recibirá cada uno de los estudiantes beneficiarios para sufragar los gastos derivados de sus estudios universitarios oficiales de Grado o Máster para el curso 2026/2027 será de mil euros (1.000€)

Se concederán un máximo de 245 becas de acuerdo con la siguiente distribución:

Estudiantes de Grado: 221 becas divididas entre: 

  • Estudiantes de nuevo ingreso: 52 becas.   

  • Estudiantes que continúen sus estudios: 169 becas. 

Estudiantes de Máster Oficial: 24 becas. 

Se reservarán un 5% de las becas indicadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Deberán presentar certificado de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma salvo que ya conste en la Universidad. 

  

Criterios de adjudicación

La adjudicación se realizará en función de la nota media del expediente académico, calculada de la siguiente forma:

Para estudiantes de Grado:

  • Estudiantes de nuevo ingreso: nota de acceso a la Universidad, sin tener en cuenta las ponderaciones de asignaturas para mejorar la nota de admisión. 

  • Estudiantes de 2º curso y sucesivos: nota media de su expediente a la finalización del curso académico 2025/2026.

 

Para estudiantes de Máster: 

  • Estudiantes de primer curso: nota media obtenida en los estudios previos que les dan acceso al Máster.

  • Estudiantes de segundo curso: nota media obtenida en el primer curso de Máster. 

 

En caso de igual nota media, el criterio de desempate será la menor renta familiar obtenida por el estudiante.

 

Destino y justificación de las becas   

Las becas deberán estar destinadas a cubrir alguno o varios de los siguientes conceptos:

      • La adquisición de material informático necesario para el seguimiento de los estudios (ordenadores, tabletas, periféricos o software específico).

      • Los gastos de conectividad y acceso a internet.

      • Los gastos de transporte interurbano vinculados al desplazamiento al centro de estudios o desde el centro de estudios a otra localidad por actividades relacionadas con los estudios matriculados (realización de prácticas, estudios interuniversitarios, dobles titulaciones, menciones…).

      • Los gastos de comedor universitario

      • Los costes derivados de segundas matrículas (si las tuvieran), así como de créditos de ampliación que no sean cubiertos por las becas de la convocatoria general.

      • La adquisición de material bibliográfico.

Los beneficiarios deberán destinar las becas dentro del curso académico a alguno de los conceptos indicados anteriormente y deberán justificar ante la Universidad de Cantabria el destino de la misma cuando les fuera requerido. 

La Universidad de Cantabria, una vez finalizado el periodo lectivo del curso académico, realizará controles aleatorios solicitando justificantes de gasto (facturas, recibos, justificantes de viaje o contratos), que deberán corresponder al menos al 5% del total de becas concedidas. 

El incumplimiento de la finalidad establecida dará lugar a la obligación de reintegro de la ayuda conforme a la normativa interna de la Universidad y subsidiariamente según establezca la legislación autonómica y nacional en materia de subvenciones.

 

Aceptación y abono de la beca 

El plazo de asignación de las Becas por parte de la Universidad terminará el 19 de noviembre de 2026. Tal asignación se comunicará a los Beneficiarios quienes dispondrán de 7 días naturales para cursar su aceptación. 

La Universidad de Cantabria realizará el abono de la beca de mil euros (1.000€) a cada uno de sus estudiantes beneficiarios mediante su ingreso en la cuenta abierta a nombre del alumnado en el Banco Santander S.A., una vez que el alumnado acepte la beca a través del sistema habilitado al efecto en la página web del Santander: www.becas-santander.com.  

 

Normativa de la convocatoria  

Resolución Rectoral, de 4 de mayo de 2026, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan 245 becas del Programa “Becas Santander | Ayuda Económica 2026-2027” para estudiantes de la Universidad de Cantabria que en el curso académico 2026/2027 cursen enseñanzas oficiales de Grado o Máster.  

 
 

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