Régimen de Permanencia de la Universidad de Cantabria
ESTUDIOS DE GRADO
Esta información está extraída de la disponible en la web del Servicio de Gestión Académica (Estudiantes UC Régimen permanencia estudios de Grado (unican.es). Todo estudiante, en función del régimen de dedicación en el que se encuentre matriculado, deberá obtener un rendimiento académico mínimo al finalizar cada año de matrícula:
Al finalizar el PRIMER año de matrícula |
Estudiantes a tiempo completo | Deberá superar como mínimo 2 asignaturas (12 créditos) para poder matricularse el curso siguiente.
Además el alumnado que no supere un mínimo de 4 asignaturas (24 créditos) el curso siguiente únicamente podrá matricularse de las asignaturas pendientes de primer curso. |
Estudiantes a tiempo parcial | Deberá superar como mínimo 1 asignatura (6 créditos). |
Estudiantes a tiempo completo | Deberá superar en su segundo año de matrícula un mínimo de 3 asignaturas (18 créditos). |
Estudiantes a tiempo parcial | Deberá superar en su segundo año de matrícula un mínimo de 2 asignaturas (12 créditos). |
Alumnado que solo pudo matricular las asignaturas de primer curso por no haber superado un mínimo de 4 asignaturas en su primera matrícula | Deberá superar en su segundo año de matrícula un mínimo de 2 asignaturas (12 créditos).
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Tras TERCER Y SUCESIVOS años de matrícula |
Estudiantes a tiempo completo |
Deberá superarse tras el tercer y sucesivos años de matrícula un mínimo de 4 asignaturas (24 créditos). |
Estudiantes a tiempo parcial | Deberá superar como mínimo 1 asignatura (6 créditos).Deberá superarse tras el tercer y sucesivos años de matrícula un mínimo de 2 asignaturas (12 créditos). |
Estos requisitos no serán de aplicación al alumnado que le resten 60 o menos créditos para finalizar sus estudios.
Aplicación del régimen de permanencia en supuestos de traslado de expediente o cambios de estudios universitarios a través de preinscripción:
El alumnado que solicite traslado de expediente para continuar estudios en la Universidad de Cantabria o quienes soliciten un cambio de estudios a través de preinscripción deberán cumplir la normativa de permanencia indicada en los apartados anteriores considerándose, a efectos de aplicación del régimen de permanencia, como segundo año de matrícula la realizada en los estudios a los que accede por traslado o cambio de estudios.
Consecuencias de no superar el régimen de permanencia:
Si no superas los controles establecidos en el régimen de permanencia deberás abandonar los estudios iniciados. No obstante, transcurridos tres años podrás solicitar de nuevo tu admisión en esos estudios a través de la reapertura de tu expediente o preinscripción.
En cualquier caso siempre podrás solicitar plaza en cualquier otro estudio de Grado ofertado en la UC.
Año de gracia para continuar los estudios:
En casos excepcionales, el Consejo Social de la Universidad de Cantabria podrá conceder a los estudiantes que no cumplan los controles del régimen de permanencia un año de gracia, permitiéndoles matricularse en la titulación con objeto de llegar a cumplir los controles, siempre que acrediten y demuestren que han concurrido circunstancias especiales que les han impedido una dedicación plena a los estudios.
ESTUDIOS DE MÁSTER OFICIAL
El rendimiento mínimo que debe obtener, durante el primer año de matrícula, el alumnado matriculado en estudios conducentes a la obtención de un título de Máster Oficial será el siguiente:
Al finalizar el PRIMER año de matrícula |
Estudiantes a tiempo completo | Deberá superar como mínimo15 créditos. |
Estudiantes a tiempo parcial | Deberá superar como mínimo 9 créditos. |
No se computarán, entre los créditos superados para comprobar este rendimiento mínimo, los créditos de formación complementaria que deba cursar el alumnado. |
Además se establece un plazo máximo de permanencia del alumnado en los estudios de Máster estará en función del número de créditos de cada plan de estudios:
Plazo máximo de permanencia |
Másteres de 60 créditos | 2 años matriculado a tiempo completo.
4 años matriculado a tiempo parcial.
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Másteres de más de 60 créditos | 3 años matriculado a tiempo completo.
5 años matriculado a tiempo parcial.
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Se dispondrá en ambos casos de 1 año adicional para la realización únicamente de las prácticas curriculares o el Trabajo Fin de Máster |
Consecuencias de no superar el régimen de permanencia:
Si no superas los controles establecidos en el régimen de permanencia deberás abandonar los estudios iniciados. No obstante, transcurridos dos años podrás solicitar de nuevo su admisión en esos estudios a través de la reapertura de tu expediente o preinscripción.
SOLICITUD DE PRÓRROGA PARA CONTINUAR TUS ESTUDIOS
En casos excepcionales, el Consejo Social de la Universidad de Cantabria, precio informe del Centro correspondiente, podrá conceder a los estudiantes que no cumplan los controles del régimen de permanencia un año de prórroga, permitiéndoles matricularse en la titulación con objeto de llegar a cumplir los controles, siempre que acrediten y demuestren que han concurrido circunstancias especiales que les han impedido una dedicación plena a los estudios.
Procedimiento de solicitud:
1.- El plazo para solicitar la Permanencia será publicado para cada curso académico.
2.- La solicitud deberá presentarse en la Secretaría del Centro mediante una instancia cumplimentada según el modelo establecido para cada curso académico.
3.- Si se alega alguna circunstancia especial, esta deberá ser acreditada con la siguiente documentación:
4.- Los estudiantes a los que se les conceda el año de prórroga podrán realizar su matrícula a través de su campus virtual o en la secretaría de su Centro en las fechas aprobadas para cada curso académico.
Esta normativa no será de aplicación para aquellos estudiantes que, a la entrada en vigor de la misma, ya tuvieran superado el régimen de permanencia con la normativa anterior.